Hace ya muchos años que las ITV están con nosotros, encargándose de verificar el buen estado de los vehículos que circulan por nuestras carreteras. Al fin y al cabo, lo cierto es que son millones los vehículos que están matriculados en nuestro país, por lo que resulta lógico pensar que es necesario que cumplan con unos mínimos tanto a nivel administrativo como a nivel técnico. Sin embargo, pese a que las ITV llevan décadas funcionando, son muchos los conductores que aún no conocen al 100% el funcionamiento de este sistema de inspecciones.
Surgidas a principios de los años 80, hasta 1985 no se comenzó a exigir que los vehículos matriculados en España y dados de alta superasen de manera periódica una inspección técnica en la que se verificasen los numerosos sistemas de control y conducción que equipan los vehículos, bien sean turismos, motocicletas o cualquier vehículo de uso industrial. Con el paso de los años las inspecciones se han ido modernizando, algo lógico teniendo en cuenta el avance de la tecnología también en la industria automovilística.
El funcionamiento y los métodos de las ITV siguen suscitando dudas y siendo un misterio para muchos usuarios, de ahí que desde AECA-ITV (Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos) hayan lanzado una recopilación con la que resolver las dudas de los usuarios y acabar con los mitos más repetidos. ¿Conocías alguno de ellos?
1. Inspectores con cupo de rechazos
Muchos usuarios (especialmente aquellos que suelen tener “problemas” con las inspecciones) argumentan e insinúan que los inspectores de las estaciones, es decir, el personal encargado de revisar el vehículo y comprobar el buen funcionamiento del mismo, tienen una especie de “cupo de rechazos” que deben cumplir de manera mensual. Evidentemente es falso, y existe incluso una normativa al respecto, el Real Decreto 920/2017, en el que se especifica que “los directores técnicos y los inspectores no podrán tener conflicto de interés en su actividad, debiendo mantener en todo momento su imparcialidad y objetividad”.
2. Los vehículos estacionados deben tener ITV en vigor
En este caso hablamos de una afirmación completamente verdadera: cualquier vehículo que esté estacionado en vía pública debe estar cubierto por una póliza de seguros y, a su vez, contar con una inspección técnica vigente. Si no queremos pagar el seguro ni tener que acudir a la ITV, la única solución legal es que el vehículo se encuentre en situación de baja y que además esté retirado de la vía pública.
3. Para superar la ITV, debemos tener el seguro en vigor
Verdadero. Desde hace un tiempo, concretamente desde la entrada en funcionamiento del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, es obligatorio que el vehículo cuente con una póliza de seguro en vigor si quiere presentarse a una inspección técnica. De lo contrario, los empleados de la ITV advertirán a su propietario de que ni siquiera tiene derecho a realizar la inspección, independientemente del estado técnico del vehículo.
4. Es posible circular con el vehículo si éste ha obtenido un resultado desfavorable
Falso. Como ya sabemos, cuando un vehículo acude a una inspección y ésta tiene un resultado desfavorable, se activa un plazo de tiempo para que el propietario solucione los problemas que han provocado el resultado, un plazo que es dependiente de cada comunidad autónoma. Durante ese plazo el vehículo puede seguir circulando, pero únicamente para acudir a un taller y, posteriormente, para volver a la estación de pruebas de la ITV.
Durante ese tiempo está terminantemente prohibido que el vehículo circule libremente por vía pública. Además, si la inspección tiene resultado negativo, el vehículo queda incapacitado para circular legalmente desde ese mismo momento y hasta que los defectos sean subsanados, debiendo desplazarse en grúa.
5. Sólo puede acudir a la ITV el titular del vehículo
En este caso hablamos de una afirmación rotundamente falsa. De hecho, cualquier persona puede acudir a la ITV, aunque el vehículo no sea de su propiedad. Lo único que importa en este caso es que la persona que lleve el vehículo cuente con los documentos de identificación del vehículo, es decir, con los originales de la tarjeta de inspección técnica y el permiso de circulación en el momento de la inspección técnica.
6. Pagar más por acudir fuera de plazo
Falso, completamente falso. Muchos conductores creen que si acudes a la ITV cuando la inspección de tu coche ha caducado las estaciones tienen derecho a cobrarte un recargo por ello. Se trata de una afirmación completamente falsa, ya que la tarifa no se modifica y se mantiene siempre igual, independientemente de que el vehículo esté dentro de plazo o se haya superado la fecha de caducidad de la última inspección.
7. Superar la inspección es más fácil en determinadas épocas del año
Muchos conductores creen que en determinadas épocas del año es más sencillo superar la inspección por las condiciones meteorológicas que afectan al vehículo. Lo cierto es que se trata de una creencia completamente falsa, ya que las pruebas a realizar son exactamente iguales independientemente de la época del año en la que se lleven a cabo, independientemente de las condiciones meteorológicas o de lo limpio o sucio que esté el vehículo.